Reunión del Movimiento de Inquilinos y Pobladores. Lugar: Residencias Estudiantiles, Livia Gouverneur Plaza Venezuela, Planta baja, Caracas. Hora: 5:30 PM.
Tema: nuevos espacios y herramientas para el Movimiento.
El Movimiento de Inquiinos se registra como movimiento social ante la SUNAVI. Se crea una comisión de medios (se identifican 9 medios de comunicación a tener en cuenta a la hora de eventualidades). Se informa de un nuevo sitio para el movimiento ubicado en el edificio Las Aulas, frente a la Universidad Central de Venezuela. Se invita a un taller sobre la gestión y autogestión social. Se informa sobre un nuevo espacio radial para el Movimiento.
Intervenciones:
“La providencia 00042 es la materialización de la disposición V de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda. La disposición V dice, textualmente:
“Quinta: Por ser contrario al interés general de esta Ley, el monopolio sobre la vivienda en alquiler, por considerarse el arrendamiento de interés social colectivo y con fines de utilidad pública, los arrendatarios y arrendatarias que ocupen viviendas constituidas sobre edificios que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento, tendrán el derecho a adquirirla, exceptuando de cumplimiento de la presente disposición a los pequeños arrendadores. A tal efecto el propietario o arrendadador, procederá de acuerdo al capítulo relativo a la preferencia ofertiva, establecido en este instrumento legal, en un lapso no mayor de sesenta días a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley.” (Cursivas nuestras).
Como se sabe, la disposición 00042 da las pautas, con plazos legales y multas, para concretar esta opción de los arrendatarios sobre los inmuebles que ocupan.
“En fecha 28 de marzo de 2014 fue publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 40.382 la Providencia No. 00042 de la Superintendencia Nacional de Vivienda, mediante la cual se dictaron las ‘Normas para que los propietarios y arrendadores de edificios que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento los oferten en venta a sus arrendatarios o arrendatarias” (Flash Report Legal). A continuación se puede consultar la providencia en la página de Microjuris.com: http://microjurisve.files.wordpress.com/2014/03/normas-para-que-los-propietarios-y-arrendadores-de-edificios-que-tengan-veinte-ac3b1os-o-mc3a1s-dedicados-al-arrendamiento-los-oferten-en-venta-a-sus-arrendatarios-o-arrendatarias.pdf